La declaratoria de fábrica en Perú se refiere a declarar una construcción en Registro de Predios, puesto que debe registrarse características y condiciones técnicas de la edificación. Asimismo, las modificaciones y ampliaciones deben inscribirse. Sin embargo, en el caso que el propietario desea realizar una tasación para vender el inmueble o adquirir un préstamo bancario, es posible tener un valor acorde con los cambios.
Si el contexto fuese por herencia adelantada se inscribirá antes que la Declaratoria de Fábrica en Perú, ya que se registrará como unidades inmobiliarias individuales, señalo el consultor inmobiliario Vitelio Vega.
En el caso la obra se ejecutará con la aceptación del municipio, “una vez concluida la construcción, el propietario debe solicitar al municipio la conformidad de obra y la declaratoria de fábrica”, refirió Vega.
Con respecto a las obras realizadas con modificaciones en los planos, tendrán que entregarse nuevos planos.
Las construcciones de las obras sin licencia hasta el 20 de julio de 1999, tiene que gestionarse la Declaratoria de Fábrica en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) y ampararse a la Ley 27157.
“Los planos de ubicación, planos de distribución por plantas, informe técnico de verificación, formulario registral número 1 de la Ley 27157. Deberá estar firmado por Sunarp (ingeniero civil o arquitecto), son los requisitos para presentar la Declaración de Fábrica. Asimismo, se presenta un formulario de solicitud de inscripción de título”, señalo Quintana
Las obras que hayan terminado el 20 de julio de 1999, deberá regularizarse la licencia en la municipalidad, según la Ley 29090.
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