La Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) acaba de incorporar la firma digital para los procedimientos inmobiliarios.
Existen tres requisitos para ingresar la presentación electrónica del parte notarial. El primero, debe limitarse hasta cuatro propiedades. Segundo, tendrá que corresponder a una oficina registral. Tercero, la transferencia no debe estar en cuotas ideales.
Cabe señalar que la Sunarp solo utilizará la firma digital en actos de compraventa, donación, anticipo de legítima, permuta y transferencia de dominio por sucesión intestada.
El uso frecuente de la firma digital permitirá que se evite una falsificación bancaria en transferencias en el registro de propiedades. La Sunarp adoptará esta medida a partir del 10 de diciembre en algunas oficinas y para todo el Perú a partir del 2 de enero del próximo año.
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